150 AÑOS DE LA PRIMERA EMISIÓN DOMINICANA
http://actualidadfilatelica.blogspot.com/2016/01/150-anos-de-la-primera-emision.html
El 18 de diciembre de 2015, el Instituto Postal Dominicano (INPOSDOM),
 emitió una muy bien lograda serie de cuatro sellos y una hoja recuerdo,
 para conmemorar los ciento cincuenta años de la primera emisión postal 
dominicana. Los sellos, que reproducen las cuatro primeras estampillas 
del país caribeño, tienen valores faciales de 30, 35, 45 y 50 pesos; la 
hoja, cuyo valor facial es de 150 pesos, incluye la reproducción de las 
primeras estampillas, junto a la cubierta con el uso más temprano 
conocido del sello de medio real, sobre la imagen de una imprenta. Se 
ordenó imprimir un total de 25.000 series y 5.000 hojas recuerdo.
Las estampillas cuyo sesquicentenario se conmemora son las primeras 
emitidas por la República Dominicana, pero no las primeras que se usaron
 en ese país. en efecto, en 1865 los dominicanos ya tenían cuatro años 
de utilizar el sistema de franqueo de correspondencia por medio de 
sellos postales.
El 18 de marzo de 1861, Pedro Santana
 (1801-1864), último presidente de la Primera República Dominicana, 
proclamó la anexión del país a España, en calidad de provincia de esta 
última. Como consecuencia de ésto, a partir de agosto de ese año se 
pusieron a la venta en la Administración General de las Reales Rentas 
Marítimas y Terrestres las estampillas emitidas por España para ser 
utilizadas en las Antillas Españolas; desde el 12 de septiembre, se 
estableció que el uso de esas estampillas sería obligatorio y que no se 
despacharía la correspondencia que no las tuviere adheridas (Óscar 
Ravelo, El correo en Santo Domingo, Ciudad Trujillo, Imprenta de 
la Opinión, 1944, tomo I, p. 116, edición facsimilar del Banco Central 
de la República Dominicana, Santo Domingo, 2000).
La primera parte de un estudio sobre la primera emisión de las Antillas 
Españolas acaba de ser publicada por el colega Yamil Kouri, en Filatelia Digital.
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| Estampillas de medio real, uno y dos reales de Antillas Españolas, primeras usadas en la hoy República Dominicana  | 
El gobierno español en la isla terminó el 12 de julio de 1865 con el 
retiro de las últimas tropas peninsulares, empujadas por una guerra de 
guerrillas que empezó en mayo de 1861, y mantuvo encendida la revuelta 
durante los cuatro años que duró la anexión a la península.
la República fue restaurada bajo la presidencia de Pedro Antonio Pimentel (1830-1874), quien fue derrocado en agosto de 1865 por José María Cabral (1816-1899); el 14 de noviembre, la Convención Nacional encargó la presidencia a Buenaventura Báez (1812-1884), quien había ejercido el cargo en dos ocasiones durante la Primera República.
En medio de esta inestabilidad se decidió mantener el sistema de 
franqueo por medio de sellos postales, pero para eso era necesario 
contar con nuevas estampillas, que reemplazaran a las españolas.
Los sellos se hicieron localmente, en tipografía, en la imprenta de los 
hermanos José Gabriel y Manuel de Jesús García. En realidad hubo dos 
emisiones, ambas con dos sellos, de medio y un real.
En la primera emisión, los sellos son de color rosa (medio real) y verde (un real). Ambas estampillas tienen el mismo diseño: el escudo dominicano al centro, flanqueado por las palabras "Medio real" a la izquierda y "CORREOS" a la derecha, todo dentro de un marco de líneas rectas.
En la primera emisión, los sellos son de color rosa (medio real) y verde (un real). Ambas estampillas tienen el mismo diseño: el escudo dominicano al centro, flanqueado por las palabras "Medio real" a la izquierda y "CORREOS" a la derecha, todo dentro de un marco de líneas rectas.
La impresión se hizo en bloques de doce sellos (dos filas de seis) y, 
según afirma Kelvin J. Angulo ("Orden de impresión de los sellos 1-4 de 
la República Dominicana, El Filotélico, Órgano de la Sociedad 
Filatélica Dominicana, número 152, septiembre a octubre de 2002, p. 23),
 al parecer se utilizaron las mismas planchas para imprimir los dos 
valores, cambiando únicamente los tipos correspondiente al valor; esto 
porque cada estampilla tiene características de impresión propias, que 
son iguales tanto en el sello de medio real como en el de un real, en 
las mismas ubicaciones de la plancha.
Sin que se haya establecido la razón, porque sin duda no se habían 
agotado las estampillas, se hizo una nueva impresión, con las mismas 
características, pero esta vez en color verde pálido (medio real) y 
amarillo pálido (un real); el marco tiene líneas onduladas y no rectas.
Esta vez los bloques de impresión fueron de diez sellos pues, según se 
especula, dos de los clisés originales se habrían averiado, haciendo 
imposible utilizarlos. Según el estudio de Angulo, arriba citado, los 
clisés que desaparecieron eran los que estaban ubicados en las 
posiciones 9 y 11 en la plana de los dos primeros sellos. 
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| La cubierta más antigua que se conoce con un sello de medio real de la primera emisión (27 de diciembre de 1865)  | 
No se conoce la fecha exacta de emisión de los cuatro valores, pero en 
el caso de los dos primeros es probable que se los haya usado desde 
octubre de 1865; un anuncio en el periódico El Patriota, del 19 de ese mes, informa que las estampillas están a la venta en la Administración de Rentas.
Esto concuerda con el hecho de que el Decreto 878 que reguló el servicio
 postal y dispuso la emisión de sellos de medio y un real, se dictó el 
20 de septiembre de 1865.
El uso más temprano que se ha reportado del sello de medio real de la 
primera emisión es, sin embargo, muy posterior: 27 de diciembre de 1865.
La prensa especializada de la época anunció la existencia de las nuevas estampillas recién en 1866. Le Timbre Posté reportó los dos primeros sellos en su número de febrero de ese año, y los dos restantes en el de abril.
The Stamps Collector's Magazine dio la noticia en su número de marzo de 1866 pero con un error importante, pues atribuyó las estampillas a Haití.
Los sellos de medio y un real permitían cubrir las tarifas establecidas 
en el ya citado Decreto de septiembre de 1865: medio real para las 
cartas sencillas (menos de una onza) y un real para las dobles (una 
onza), en la correspondencia doméstica, aumentando medio real por cada 
onza adicional. Las cartas para el extranjero debían pagar un real las 
sencillas, dos las dobles y un real más por cada onza adicional.
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| Las noticias sobre las emisiones dominicanas, en la prensa filatélica de la época | 
Es curioso el sistema de franqueo previsto por el Decreto que reguló el 
servicio postal, pues según él las estampillas no se utilizaban como 
medio de pago previo, sino que debían ser canceladas por el 
destinatario. Los sellos, entonces, no estaban en manos del público, 
sino de las oficinas postales, que los colocaban en la correspondencia 
una vez que quien las recibía pagaba la tarifa.
Dice el artículo 59 del Decreto 878: "No será obligatorio para nadie 
sacar del correo las cartas que tuviere, pero no podrán sacar una sola 
sino todas o ninguna. Si la persona a quien vinieren dirigidas, temiere 
que pueda ser un chasco que quiera dársele en una carta, la abrirá en 
presencia del administrador, y resultando que no es más que una burla, 
no pagará el porte; pero después de salir de la administración la carta,
 no se admitirá el reclamo".






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